La Administración Trump ha deportado a 132 menores protegidos por un programa para víctimas de abuso y abandono
Puntos Clave
- Según se informa, la Administración Trump deportó a 132 menores que estaban bajo la protección de un programa para víctimas de abuso y abandono.
- Muchos de estos jóvenes se relacionan con el Special Immigrant Juvenile Status (SIJS), una vía migratoria que requiere orden de un tribunal estatal y aprobación de USCIS.
- El caso subraya demoras en trámites (meses o más de un año), la importancia de órdenes judiciales correctas y la posibilidad de solicitar exenciones de tasas ("fee waiver") ante USCIS.
- Las familias deben conservar documentación, contactar representación legal acreditada y considerar recursos como mociones para reabrir casos o stays de remoción.
Qué pasó
Elpais informa que, durante la Administración Trump, 132 menores que presuntamente se encontraban bajo la protección de un programa diseñado para víctimas de abuso, negligencia o abandono fueron deportados. Estas deportaciones, según se informa, incluyen casos relacionados con jóvenes que buscaban o tenían solicitudes vinculadas al Special Immigrant Juvenile Status (SIJS), el beneficio federal destinado a niños que un tribunal estatal ha determinado que no pueden ser reunificados con uno o ambos padres y que es elegible para petición ante USCIS. Las autoridades federales involucradas en remociones incluyen ICE y los procesos dependen de órdenes de corte de inmigración y de decisiones administrativas de USCIS.
Qué es SIJS y por qué importa
El Special Immigrant Juvenile Status (SIJS) es una clasificación que permite a menores extranjeros que han sido víctimas de abuso, abandono o negligencia obtener una vía hacia la residencia permanente (green card), pero requiere pasos legales específicos: primero una orden de un tribunal juvenil estatal que establezca la dependencia o la imposibilidad de reunificación; luego presentar ante USCIS la petición correspondiente (Form I-360, y más adelante, cuando la visa esté disponible, la petición de ajuste de estatus Form I-485 o procesamiento consular). SIJS no es automático ni una inmunidad frente a la deportación: si los trámites están incompletos o no se siguen correctamente los tiempos de disponibilidad de visa, el menor puede enfrentar remoción aun cuando su caso esté vinculado a SIJS.
Impacto práctico para la comunidad y qué hacer
Para la comunidad hispanohablante esto implica urgencia en conservar órdenes judiciales, pruebas de abuso/abandono y registros de inmigración; los tiempos de procesamiento ante USCIS varían desde varios meses hasta más de un año, por lo que es clave monitorear los tiempos en la página oficial de USCIS y, si procede, pedir una exención de tasas ("fee waiver", Form I-912). Puntos clave de solicitud: 1) iniciar el procedimiento en la corte de menores del estado; 2) documentar abuso/abandono/neglect; 3) presentar la Form I-360 para SIJS ante USCIS; 4) cuando la visa esté disponible, presentar Form I-485 o solicitar procesamiento consular. Si un menor ya fue deportado, las opciones pueden incluir pedir reapertura del caso, solicitar stay of removal o asistencia humanitaria, aunque estas rutas dependen de circunstancias específicas y deben evaluarse con un abogado acreditado o una organización sin fines de lucro especializada (por ejemplo, organizaciones locales de asistencia legal para inmigrantes). Según se informa, durante el periodo en cuestión hubo cambios de política que aceleraron remociones; por ello es fundamental buscar asesoría legal acreditada y actualizada antes de tomar decisiones.
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