Está confirmado: para qué migrantes aplica la nueva regla del USCIS de salir de EE.UU. para obtener la green card
Puntos Clave
- USCIS (United States Citizenship and Immigration Services) confirmó que algunos solicitantes deberán completar un procesamiento consular fuera de EE. UU. para obtener la green card (residencia permanente), en lugar de ajustar su estatus dentro del país (adjustment of status, I-485), según se informa.
- Afecta principalmente a quienes no reúnen requisitos para Adjustment of Status y deben seguir consular processing (entrevista en el consulado) —incluye a ciertos beneficiarios de peticiones familiares (I-130) y de empleo (I-140), presuntamente.
- Pasos prácticos: verificar aprobación de la petición, disponibilidad de número de visa, comunicación con el National Visa Center (NVC), preparar formulario DS-260 y examen médico; los tiempos de procesamiento varían desde meses hasta más de un año.
- Salir de EE. UU. puede activar barras de inadmisibilidad por presencia ilegal (3 o 10 años); quienes tengan riesgos deben buscar un waiver (I-601/I-601A) y asesoría legal.
Qué implica la nueva regla
USCIS confirmó —según se informa— que hay casos en los que los solicitantes de residencia permanente ya no podrán completar el proceso desde dentro de Estados Unidos mediante el formulario I-485 (Adjustment of Status) y deberán salir para efectuar un consular processing en su país de origen o residencia consular. El consular processing es el trámite que culmina con la entrevista en un consulado o embajada y la emisión de la immigrant visa (visa de inmigrante) que permite entrar como residente permanente (green card). Esta medida no significa que todos los solicitantes pierdan el derecho a ajustar estatus, pero sí aclara quiénes son inelegibles para hacerlo dentro del país.
Quiénes se ven afectados y por qué importa
Presuntamente, la regla afecta a grupos específicos que no cumplen los requisitos legales para Adjustment of Status, incluyendo casos de peticiones familiares (I-130) o de empleo (I-140) donde la normativa o el historial migratorio impiden la tramitación interna. Para la comunidad hispanohablante esto es relevante porque salir de EE. UU. puede desencadenar las barras por presencia ilegal (3 o 10 años) si hubo estancia irregular prolongada; en esos casos será necesario solicitar un waiver (por ejemplo I-601 o I-601A) o coordinar estrategias legales antes de viajar. También es clave para quienes han dependido de Advance Parole u otros permisos de viaje; su elegibilidad debe revisarse caso por caso.
Qué deben hacer los migrantes: pasos prácticos y tiempos
Recomendaciones prácticas: confirme primero el estatus de su petición (I-130, I-140 u otra) y la disponibilidad del número de visa, comuníquese con el National Visa Center (NVC) si su caso fue remitido al Departamento de Estado, y prepare los formularios consulares (DS-260), el examen médico y la documentación de soporte. Los tiempos de procesamiento varían según el tipo de caso y el consulado; pueden ser desde varios meses hasta más de un año. Verifique las tarifas y cambios en las tasas en la web oficial de USCIS y del Departamento de Estado antes de iniciar pasos, y busque asesoría de un abogado o representante acreditado si existe riesgo de barras de inadmisibilidad o problemas previos de presencia ilegal. Finalmente, use "según se informa" cuando consulte interpretaciones no oficiales de la regla y confirme detalles con fuentes oficiales.
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