Inmigrantes con visas temporales deberán salir de EE. UU. para tramitar la green card, salvo “circunstancias extraordinarias”, afirma USCIS

Puntos Clave

Qué dijo USCIS y qué significa

Según se informa por New Hampshire Public Radio, USCIS afirmó que, en la mayoría de los casos, los inmigrantes con visas temporales no podrán completar la solicitud de la green card (residencia permanente legal) permaneciendo en EE. UU. a través del proceso conocido como adjustment of status (ajuste de estatus). En su lugar deberán optar por consular processing (procesamiento consular), que implica completar trámites ante el National Visa Center (NVC) y asistir a una entrevista en un consulado o embajada fuera del país. USCIS presuntamente establece excepciones limitadas descritas como “circunstancias extraordinarias”, que serán evaluadas individualmente.

Impacto para la comunidad hispanohablante

El cambio tiene impacto directo en trabajadores con visa H-1B (trabajo especializado), dependientes H-4, estudiantes con F-1 y otras categorías no inmigrantes que estaban buscando ajustar su estatus sin salir de EE. UU. Salir del país para consular processing conlleva riesgos: si existe presencia migratoria previa no autorizada, puede activarse la prohibición de reingreso de 3 o 10 años y sería necesario solicitar un waiver (exención) como el I-601, lo cual complica y encarece el trámite. Para muchas familias hispanohablantes, esto significa planificar viajes, afrontar costos adicionales y buscar representación legal especializada.

Qué deben hacer los solicitantes: pasos prácticos

Revise su caso con un abogado de inmigración acreditado. Compare tiempos: los processing times (tiempos de procesamiento) de USCIS para I-485 (adjustment of status) varían pero pueden tomar meses o más de un año; el consular processing también puede tardar varios meses por NVC y disponibilidad de citas consulares. Verifique tarifas actualizadas en el sitio de USCIS y del Departamento de Estado, y prepare documentos importantes: formularios correctos, evidencia de elegibilidad, certificados civiles y comprobantes financieros. Si existe presencia ilegal previa, evalúe la necesidad de un waiver (I-601) y las probabilidades antes de salir del país. Use “según se informa” para considerar que detalles operativos pueden cambiar y confirme siempre en fuentes oficiales.

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