EEUU presuntamente pausa procesos migratorios para personas de 19 países
Puntos Clave
- Según se informa, Estados Unidos ha pausado el procesamiento migratorio para nacionales de 19 países.
- No hay un aviso oficial público de USCIS o del Departamento de Estado que detalle el alcance o la base legal.
- La medida afectaría sobre todo trámites consulares: citas, entrevistas y emisión de visas.
- Las personas dentro de EEUU, en principio, podrían seguir tramitando con USCIS salvo orden contraria específica.
- Se recomiendan planes de contingencia para viajes, inicio de estudios o empleo, y verificación diaria de avisos consulares.
Qué se sabe hasta ahora
Telemundo New York reporta que el gobierno de EEUU ha pausado “procesos migratorios” para personas de 19 países. A la hora de esta publicación, no existe un anuncio formal ni en USCIS (agencia que decide beneficios migratorios dentro del país) ni en el U.S. Department of State/DOS (Departamento de Estado, que maneja visas en consulados), ni un aviso en el Federal Register que precise países, categorías o base jurídica. Sin un aviso oficial, el alcance sigue siendo incierto y, por tanto, la noticia debe tomarse como “según se informa” hasta su confirmación.
Potenciales impactos para solicitantes
Si la pausa está vigente, el efecto inmediato se vería en consulados y embajadas: suspensión o cancelación de citas, entrevistas y emisión de visas inmigrantes y no inmigrantes. Esto podría demorar la reunificación familiar y la llegada de trabajadores con visas H-1B (empleo especializado), L-1 (traslados intracorporativos) u O-1 (habilidades extraordinarias), así como estudiantes F-1/M-1 y visitantes de intercambio J-1. Para la comunidad hispanohablante, esto impactaría fechas de inicio de empleo/estudios, viajes B-1/B-2 (negocios/turismo) y algunos programas humanitarios gestionados fuera de EEUU. Dentro del país, quienes ya están en estatus válido podrían, en principio, seguir presentando extensiones o cambios de estatus ante USCIS, así como permisos de trabajo (EAD), salvo que una orden específica disponga lo contrario.
Implicaciones legales y alcance
Una suspensión por nacionalidad a nivel consular podría instruirse administrativamente, pero una restricción amplia de ingreso suele ampararse en la sección 212(f) de la Immigration and Nationality Act (INA 212(f)), que autoriza al presidente a limitar la entrada por intereses de seguridad o política exterior. Aun así, las medidas bajo INA 212(f) no siempre detienen adjudicaciones de USCIS para personas ya presentes en el país. Históricamente han existido exenciones, “waivers” y excepciones por interés nacional o razones humanitarias. Sin directriz escrita, no hay claridad sobre exenciones, países concretos, ni si abarca visas de inmigrante, no inmigrante o ambos.
Pasos prácticos y tiempos/costos a considerar
- Revise a diario su portal de cita consular y la página de su embajada/consulado; el DOS publica tiempos de espera por sede y puede cancelar/reprogramar con poco aviso. Los tiempos de entrevista y emisión varían ampliamente por país y carga de trabajo, de semanas a varios meses.
- Monitoree uscis.gov y travel.state.gov para un eventual anuncio oficial con la lista de países y categorías afectadas. USCIS mantiene tiempos de procesamiento estimados por formulario; sin una pausa interna, trámites como I-539 (cambios/extensiones), I-765 (EAD) o I-485 (ajuste de estatus) deberían seguir su curso.
- Considere alternativas: revalidar estatus dentro de EEUU cuando sea posible, ajustar fechas de viaje/ingreso, coordinar con empleadores y universidades (SEVIS para F-1/J-1) y consultar sobre “expedited processing” consular por emergencias. En USCIS, el “premium processing” (adjudicación acelerada para ciertos formularios como I-129/I-140) sigue disponible con tarifa adicional; verifique costos y elegibilidad actuales.
- Tenga presentes las tarifas vigentes: USCIS implementó un ajuste de tarifas a partir del 1 de abril de 2024 (verifique el cuadro actual antes de pagar), y las tarifas consulares MRV del DOS permanecen, en general, en $185 para B-1/B-2 y $205 para visas basadas en petición (por ejemplo H/L/O), con $315 para E; confirme el monto exacto y la validez de su recibo.
- Guarde evidencia de perjuicios (ofertas de trabajo, fechas de inicio, matrículas, razones médicas) por si se habilitan exenciones humanitarias o por interés nacional.
Fuente: Artículo Original