EE. UU. exigirá fotografías de todos los viajeros extranjeros en puntos de entrada y salida

Puntos Clave

Qué cambia y quiénes lo implementan

Según se informa por VisaHQ, la nueva norma obliga a tomar fotografías digitales a todos los viajeros extranjeros en los puntos de entrada y salida de Estados Unidos. La operación corresponde principalmente a Customs and Border Protection (CBP) bajo el Department of Homeland Security (DHS). Estas imágenes —que presuntamente forman parte de sistemas biométricos de identificación facial— se usarían para verificar identidad, comparar contra listas de control y completar registros de entrada/salida (I‑94 para no inmigrantes en ciertos casos). USCIS (U.S. Citizenship and Immigration Services) continúa gestionando peticiones, ajustes de estatus y visas desde dentro del país, pero no es el organismo encargado del control fronterizo.

Impacto para la comunidad hispanohablante

Para la comunidad inmigrante hispanohablante, esto puede significar procedimientos más estrictos y mayores tiempos de espera en aeropuertos y pasos fronterizos; según se informa, los retrasos podrían variar desde minutos extra hasta horas en situaciones de mayor revisión. Viajeros con visas temporales (H‑1B, H‑2B, estudiantes F‑1) y quienes ingresan con autorización de viaje electrónica (ESTA) deberán estar preparados para la toma de fotografía biométrica adicional al control de pasaporte. Además, hay preocupación por la retención y uso de datos faciales: presuntamente la información se integrará a bases de datos federales, lo que suscita preguntas sobre privacidad, retención y acceso por parte de terceros.

Consejos prácticos y derechos

Prácticamente, revise su viaje con anticipación: confirme tiempos de procesamiento del aeropuerto y considere llegar al menos 2–3 horas antes en vuelos internacionales; verifique que su pasaporte y visa o ESTA estén vigentes y legibles. No se han anunciado cambios inmediatos en las tarifas de solicitud de visa, según se informa, pero es recomendable consultar fuentes oficiales (CBP, DHS, embajada/consulado) y la página de USCIS para trámites internos. Si es retenido o se le solicita información adicional, pida asistencia consular y consulte a un abogado de inmigración —tiene derecho a buscar asesoría legal. En caso de dudas sobre privacidad de datos, pregunte cómo se almacenará y por cuánto tiempo se retendrán las imágenes y solicite información por escrito si es posible.

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