USCIS impone “adjudicative hold” y revisión de solicitudes para nacionales de países de alto riesgo
Puntos Clave
- Memorando PM-602-0194 (01.Ene.2026) ordena a USCIS pausar decisiones finales en solicitudes de beneficio migratorio de nacionales incluidos en la Presidential Proclamation (PP) 10998.
- La pausa permite continuar el trámite, pero sin aprobaciones, denegaciones ni cierres hasta nuevo aviso; habrá una re-revisión de aprobaciones emitidas desde el 20.Ene.2021.
- El alcance incluye a quienes declaran país de nacimiento o ciudadanía en la lista, titulares de ciudadanía por inversión (CBI) vinculados a países restringidos y documentos emitidos por la Autoridad Palestina.
- Peticiones familiares dejan de estar exentas automáticamente y enfrentan el mismo escrutinio que otros beneficios.
- Excepciones limitadas: I-90, N-565, ciertos EAD por orden judicial o a solicitud de autoridades, y atletas en eventos globales; no se anuncian cambios de tarifas.
Qué cambia
USCIS (agencia federal que adjudica beneficios migratorios) emitió el Policy Memorandum PM-602-0194 que impone un adjudicative hold (pausa de decisión) sobre todas las solicitudes de beneficio pendientes presentadas por o para nacionales de países designados en la PP 10998. La medida permite que los casos sigan su curso administrativo (p. ej., recepciones, toma de huellas, solicitudes de evidencia), pero bloquea la resolución final hasta que se levante la pausa. Además, USCIS realizará una re-revisión de beneficios aprobados a partir del 20.Ene.2021, con un análisis caso por caso de potenciales riesgos a la seguridad nacional o a la seguridad pública, poniendo especial atención a coincidencias con listas de vigilancia, historial penal y la solidez de la identidad demostrada mediante documentos civiles confiables.
Quiénes se ven afectados
El hold aplica a toda persona que declare como país de nacimiento o de ciudadanía uno de los 39 países señalados por la PP 10998 (que amplía la PP 10949), incluidos quienes viajan con documentos de la Autoridad Palestina. También abarca a quienes obtuvieron una Citizenship by Investment (CBI) en un país no restringido si su origen es de un país restringido. La proclamación contempla suspensiones totales (para inmigrantes y no inmigrantes) en países como Afganistán, Irán, Siria, Yemen y Haití, entre otros; y suspensiones parciales que restringen visas inmigrantes y las no inmigrantes B-1/B-2, F, M y J en países como Cuba, Venezuela, Nigeria y Senegal, entre otros. Importa destacar que, a efectos de USCIS, la pausa de adjudicación se aplica por igual a todas las nacionalidades listadas, sin distinguir entre suspensión total o parcial. Las solicitudes familiares (p. ej., I-130/I-485) ya no están exentas automáticamente y se revisarán con el mismo nivel de escrutinio que otras categorías (como H-1B, L-1 o cambios/extensiones de estatus vía I-129/I-539).
Qué hacer ahora
En lo práctico, se prevén demoras significativas en decisiones finales. El memorando no fija una fecha para levantar la pausa. Incluso cuando exista Premium Processing (servicio acelerado de pago adicional) en ciertas categorías, ese servicio no garantiza que USCIS pueda emitir una decisión final mientras persista el hold. No se anuncian incrementos de tarifas asociados a esta política. Existen excepciones limitadas: Form I-90 (reemplazo de Green Card), Form N-565 (reemplazo de certificado de ciudadanía/naturalización), ciertos Employment Authorization Documents (EAD) exigidos por orden judicial o por solicitud de autoridades, y solicitudes relacionadas con atletas en eventos como Copa del Mundo u Olimpiadas; además, pueden otorgarse exenciones caso por caso por interés nacional de Estados Unidos. Para solicitantes afectados, conviene: asegurar documentación civil sólida de identidad (registros de nacimiento, pasaportes, antecedentes), responder puntualmente a RFEs/NOIDs, mantener actualizada la dirección con USCIS (AR-11), consultar con abogado/a sobre estrategias y, si se considera viajar, evaluar riesgos de reingreso y estatus.
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