¿Tengo un I-485 pendiente, no renové mi H‑1B y voy a cambiar a mi EAD — sigo en un estatus migratorio?

Puntos Clave

¿Qué significa tener un I-485 pendiente?

Tener una solicitud I‑485 para adjustment of status pendiente no equivale a poseer un estatus migratorio con beneficios de no inmigrante (por ejemplo, H‑1B). Según se informa por abogados especializados, la presentación del I‑485 genera un period of authorized stay —es decir, puede permanecer en EE. UU. sin que se le considere en unlawful presence durante la tramitación— pero no le otorga derecho a las ventajas específicas del H‑1B (como condiciones de empleo o ciertos beneficios de viaje). Es importante diferenciar “estatus” (status) y “estancia autorizada” (authorized stay).

Consecuencias de cambiar de H‑1B a EAD

El Employment Authorization Document (EAD, Form I‑765) autoriza a trabajar cuando la tarjeta física está emitida y vigente; sin embargo, usar un EAD significa que usted ya no actúa bajo el estatus H‑1B si renuncia a renovar su H‑1B. Esto afecta el reingreso a EE. UU.: para salir y volver, necesitará Advance Parole (AP, Form I‑131) expedido junto con o separado del I‑485, o bien volver con una visa H‑1B válida si la mantiene. Además, si cambia de empleador y su I‑485 ha estado pendiente 180 días o más, la portabilidad bajo la sección 204(j) (AC21) puede permitirle seguir con un empleo “same or similar” sin invalidar la petición de ajuste, pero se debe documentar bien la similitud laboral.

Consejos prácticos para la comunidad hispanohablante

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