Tengo un I-485 pendiente y cambié de empleador: ¿debo presentar de inmediato la portabilidad laboral AC21?
Puntos Clave
- Con un I-485 (ajuste de estatus) pendiente, debe mantenerse una oferta de empleo válida que sustente el caso; si ya no existe la oferta original, la “AC21 job portability” puede ser necesaria.
- AC21 permite cambiar a un puesto “igual o similar” tras 180 días de haber presentado el I-485, generalmente notificando a USCIS con el Form I-485 Supplement J.
- No hay un plazo legal fijo para presentar AC21, pero se recomienda hacerlo en cuanto cambie el empleador o cese la oferta original para reducir riesgos de RFE/NOID.
- El Supplement J, según USCIS, no tiene tarifa de presentación actualmente; verifique posibles cambios y los tiempos de procesamiento en la herramienta oficial.
- Práctico: carta del nuevo empleador, descripción y código SOC del puesto, y evidencia de que las funciones y requisitos son “iguales o similares”.
¿Qué significa AC21 para su I-485?
La ley AC21 (American Competitiveness in the Twenty-First Century Act) permite a ciertos solicitantes de residencia permanente por empleo “portar” su caso a un nuevo empleador sin reiniciar el proceso, siempre que el Form I-485 (Application to Register Permanent Residence or Adjust Status) lleve 180 días o más pendiente y el nuevo puesto sea “igual o similar” al del I-140 (Petition for Alien Worker) que respalda el caso. En términos prácticos, esto preserva la elegibilidad del ajuste de estatus cuando ocurre un cambio de empleador durante la espera. Si usted aún conserva la oferta del empleador patrocinador original, no necesita usar AC21.
¿Debo presentar de inmediato?
Según se informa por Murthy Law Firm, si ya no existe la oferta del empleador que patrocinó su green card, conviene solicitar la portabilidad AC21 cuanto antes para confirmar ante USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.) que una oferta de empleo calificada sigue respaldando el I-485 pendiente. Aunque no hay un “plazo fatal” específico en la ley, demorar la notificación puede aumentar el riesgo de recibir un RFE (Request for Evidence) o un NOID (Notice of Intent to Deny). Presentar de forma proactiva ayuda a evitar interrupciones y brinda mayor certidumbre, especialmente para trabajadores hispanohablantes que dependen de su autorización de empleo y estatus durante el proceso.
¿Qué enviar y cómo acreditarlo?
La vía usual es el Form I-485 Supplement J para confirmar la oferta de trabajo de “igual o similar” ocupación con el nuevo empleador. Es recomendable adjuntar una carta de oferta con funciones, requisitos y ubicación, así como el código SOC u otra evidencia que demuestre la similitud entre puestos. Por lo general, la portabilidad se basa en un I-140 aprobado y un I-485 pendiente por al menos 180 días; revise su historial y conserve pruebas de continuidad laboral. Si USCIS emite un RFE/NOID, deberá responder oportunamente con el Supplement J y la documentación de respaldo.
Tiempos, tarifas y puntos prácticos
USCIS procesa el Supplement J junto con el I-485, y los tiempos pueden variar por oficina y carga de trabajo; consulte la herramienta oficial de “Processing Times”. Actualmente, USCIS no cobra tarifa por el Supplement J, pero verifique posibles cambios de tarifas en el sitio oficial antes de enviar. El “premium processing” no aplica al I-485, aunque sí puede usarse para acelerar un I-140 en algunas categorías. Consejos clave: coordine el cambio de empleador tras cumplir los 180 días, conserve descripciones detalladas de ambos puestos y mantenga dirección y empleador actualizados ante USCIS para no perder notificaciones.
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