¿Tengo un I-485 pendiente y cambié de empleador recientemente? ¿Necesito solicitar de inmediato la portabilidad de trabajo AC21?
Puntos Clave
- Si su Form I-485 (solicitud de ajuste de estatus) está pendiente, debe mantener la elegibilidad para la residencia; si ya no tiene la oferta del empleador original, puede acogerse a la portabilidad AC21 bajo ciertas condiciones.
- La portabilidad AC21 (American Competitiveness in the Twenty-First Century Act) suele requerir que el I-485 haya estado pendiente al menos 180 días y que exista un I-140 aprobado o retenido; confirme el estatus del I-140 antes de cambiar.
- No siempre es necesario "presentar" una petición de AC21 por separado, pero se recomienda presentar el Form I-485 Supplement J (Confirmación de oferta de trabajo) y mantener evidencia de que el nuevo trabajo es "same or similar" (misma o similar clasificación ocupacional).
- En general no hay una tarifa adicional para enviar el Supplement J; los tiempos de procesamiento varían ampliamente—meses a más de un año—y conviene revisar la página de USCIS y consultar con un abogado.
- Si trabaja con EAD/Advance Parole o bajo H-1B, hay reglas adicionales (EAD permite trabajar, H-1B tiene su propia portabilidad) que afectan la posibilidad inmediata de empezar en el nuevo empleo.
Qué exige la regla AC21 y cuándo aplica
La regla conocida como AC21 (American Competitiveness in the Twenty-First Century Act) permite que solicitantes con un Form I-485 pendiente cambien de empleador sin perder la prioridad de su petición de inmigrante, siempre que el I-485 haya estado pendiente por lo menos 180 días y que exista una petición de inmigrante subyacente (por lo general un Form I-140) aprobada o no retirada. Según se informa, si ya no cuenta con la oferta del empleador original es importante considerar la portabilidad para conservar la elegibilidad al ajuste de estatus. La nueva posición debe ser en la misma o similar clasificación ocupacional ("same or similar") para que USCIS la acepte.
Qué pasos prácticos seguir ahora
No existe un “formulario AC21” con tarifa separada; lo habitual es presentar el Form I-485 Supplement J (Confirmación de oferta de trabajo) para documentar la nueva oferta y demostrar que cumple la misma o similar ocupación. Preserve cartas de empleo, descripciones de puesto, organigramas y otros documentos que comparen las funciones. Verifique que su Form I-140 esté aprobado o que no haya sido retirado; si su I-485 no ha cumplido 180 días, la portabilidad puede no aplicar y el riesgo de denial aumenta. Los tiempos de trámite del I-485 y del Supplement J varían según la oficina de USCIS (de varios meses a más de un año), por lo que es recomendable revisar los tiempos de procesamiento en el sitio de USCIS y consultar a un abogado de inmigración antes de aceptar el nuevo puesto.
Impacto para la comunidad hispanohablante y recomendaciones finales
Para trabajadores hispanohablantes que dependen de empleadores patrocinadores, la portabilidad AC21 ofrece flexibilidad laboral importante, pero también riesgos si no se cumplen los requisitos formales. Si cuenta con EAD (Employment Authorization Document — documento de autorización de empleo) puede trabajar para el nuevo empleador; si está en H-1B, recuerde que la portabilidad H-1B tiene reglas distintas (puede empezar con la nueva empresa cuando ésta presente la petición). Antes de tomar decisiones, recopile evidencia del nuevo empleo, confirme el estatus del I-140 y del I-485, y, si es posible, busque asesoría legal para presentar el Supplement J y minimizar riesgos de denegación. Presuntamente, seguir estos pasos reducirá interrupciones en su proceso de ajuste de estatus.
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