EE. UU. deporta a inmigrantes a Uganda; primera aplicación del acuerdo de "tercer país seguro"
Puntos Clave
- Uganda confirmó la llegada de 8 personas deportadas desde Estados Unidos bajo el acuerdo bilateral de "tercer país seguro" (safe third country) firmado en 2025.
- El acuerdo permite que Estados Unidos traslade a solicitantes de asilo rechazados que no puedan regresar a su país de origen; Uganda dice que revalorará sus solicitudes bajo su marco legal.
- El movimiento forma parte, según se informa, de la estrategia de deportaciones del gobierno de Trump y de fallos judiciales de 2025 que facilitaron trasferencias aceleradas.
- Para la comunidad inmigrante hispanohablante: traslados a terceros países pueden complicar procesos de asilo y otros trámites migratorios; se recomienda buscar asesoría legal, documentar casos y revisar plazos y requisitos (por ejemplo, el Form I-589 para asilo no tiene tarifa).
Qué sucedió
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Uganda confirmó que ocho personas no ugandesas llegaron a Kampala el 1 de abril tras ser entregadas por autoridades estadounidenses, en lo que las partes describen como la primera ejecución del acuerdo bilateral denominado "Protection Request Assessment Cooperation" (acuerdo de revisión de solicitudes de protección) firmado en julio de 2025. Según el secretario permanente Bagiire Vincent Waiswa, los transferidos no son ciudadanos ugandeses y sus solicitudes de asilo serán reexaminadas conforme a la ley ugandesa. La imagen del arribo fue presuntamente generada por IA, según se informa en la cobertura original.
Implicaciones legales
El mecanismo usado se basa en un esquema de "safe third country" (tercer país seguro), que permite a Estados Unidos enviar a personas para que sus solicitudes de asilo sean evaluadas por otra jurisdicción cuando no pueden ser devueltas a su país de origen. Este tipo de acuerdos interactúa con principios de derecho internacional como el non‑refoulement (no devolución). La medida llega después de decisiones judiciales en 2025 que, según se informa, facilitaron transferencias rápidas; sin embargo, la legalidad y aplicación práctica de estos acuerdos pueden ser impugnadas en tribunales y varían caso por caso.
Para solicitantes que han perdido su caso en procesos de removal (expulsión/deportación) o que aún están en procedimientos ante un immigration judge (tribunal de inmigración administrado por EOIR), una transferencia a un tercer país puede complicar recursos y apelaciones pendientes en EE. UU., y alterar la posibilidad de acceder a ciertos beneficios migratorios en el futuro. Aunque el ejemplo reciente involucra a personas de origen africano, expertos advierten, según se informa, que acuerdos similares podrían afectar a migrantes de otras regiones, incluida la comunidad latinoamericana.
Impacto y recomendaciones prácticas para la comunidad hispanohablante
Qué deben saber los solicitantes y familias: los tiempos de proceso varían ampliamente. Las entrevistas de "credible fear" (miedo creíble) en la vía de detención suelen ser proactivas y rápidas, pero los procedimientos de asilo en la vía afirmativa ante USCIS (United States Citizenship and Immigration Services) o defensiva ante los tribunales de inmigración pueden demorar meses o años debido al rezago de casos. El Form I‑589 (solicitud de asilo) no requiere pago de tarifa; no obstante, otras solicitudes (visas, naturalización N‑400, peticiones de familiares) sí implican tarifas que cambian con el tiempo —ver siempre el sitio oficial de USCIS para actualizaciones. Consejos prácticos: buscar inmediatamente asesoría de un abogado de inmigración o de organizaciones de servicios legales, conservar y presentar evidencia de persecución o riesgo, no firmar documentos sin asesoría, y pedir interpretación si es necesario. Las representaciones consulares también pueden ser un recurso para migrantes extranjeros en terceros países.
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