Arrestan a inmigrante hondureño presuntamente implicado en empujones en el metro del Upper East Side

Puntos Clave

La detención

Según se informa, el Departamento de Policía de Nueva York (NYPD) y la fugitive task force de los U.S. Marshals detuvieron el 10 de marzo en un refugio para personas sin hogar de Brooklyn a Bairon Hernandez, inmigrante hondureño de 34 años. La investigación lo vincula con dos empujones presuntamente aleatorios ocurridos el 8 de marzo al mediodía en la estación Lexington Ave–63 St, en el Upper East Side de Manhattan. De acuerdo con reportes citados, un hombre de 83 años y otro de 31 fueron empujados desde atrás hacia las vías, pero transeúntes lograron rescatarlos antes de la llegada del tren.

Víctimas y cargos

Ambas víctimas fueron trasladadas al Hospital Cornell y se reportan en condición estable. Hernandez enfrenta múltiples cargos graves: attempted murder (intento de homicidio), attempted assault (intento de agresión), assault (agresión) y reckless endangerment (poner en peligro de forma imprudente). Al ser conducido fuera de la comisaría la noche del 10, negó categóricamente las acusaciones. En el proceso penal, toda persona se presume inocente hasta que un tribunal determine lo contrario.

Posibles implicaciones migratorias

En términos generales, cuando un no ciudadano es arrestado por presuntos delitos graves, Immigration and Customs Enforcement (ICE, agencia de control migratorio del Departamento de Seguridad Nacional, DHS) puede emitir un detainer, es decir, una solicitud a la cárcel local para notificar y, eventualmente, transferir la custodia tras el caso penal. Si ICE actúa, la persona puede ser puesta en removal proceedings (proceso de deportación) ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, EOIR (tribunales de inmigración del Departamento de Justicia). Una condena por ciertas felonías violentas o por “aggravated felony” y determinados “crimes involving moral turpitude” puede volver a un no ciudadano deportable o inadmisible, y también puede afectar a residentes permanentes (LPR). No hay defensor público designado automáticamente en corte de inmigración; el derecho a abogado existe, pero debe ser costeado por la persona o a través de servicios pro bono.

Información práctica para la comunidad

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